PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL (PTEE)

1. INTRODUCCIÓN

En TECNAS S.A BIC nos especializamos en el diseño, desarrollo, procesamiento, maquila y comercialización de insumos e ingredientes para la industria de alimentos, con el acompañamiento de una asesoría técnica integral y una constante vigilancia tecnológica; además, trabajando en el mejoramiento continuo a nivel personal y laboral, esperando que todas nuestras acciones nos permitan mantener relaciones comerciales
transparentes y conductas éticas durante el desarrollo de las funciones asignadas.

El presente Programa de Transparencia, Ética Empresarial y Mecanismos de Prevención de la Corrupción Transnacional fija las pautas fundamentales del comportamiento profesional y personal que todos los vinculados a TECNAS S.A BIC debemos observar en el ejercicio de nuestras funciones laborales o de la prestación del servicio contratado.

VALORES
  1. Trabajo colaborativo
  2. Empoderamiento
  3. Coherencia
  4. Nobleza
  5. Amor
  6. Servicio Cálido
PRINCIPIOS

Nuestros principios se basan en la cultura del amor. Somos una empresa con corazón, que realiza todas sus actividades con pasión para satisfacer alcanzar las necesidades y cumplir las expectativas de nuestros empleados, clientes y las demás partes interesadas. Nos guiamos por los siguientes principios:

ÉTICA Y TRANSPARENCIA:

Somos claros, honestos, responsables en todas nuestras actividades, generando confianza y seguridad a todos nuestros aliados.

LIDERAZGO CÁLIDO

Lideramos con gran capacidad de escucha, empatía, desarrollando las competencias del personal y creando un entorno de trabajo saludable, que permite la confianza y autonomía para el desempeño de sus cargos.

BIENESTAR INTEGRAL DE LOS EMPLEADOS

Mantenemos con nuestros empleados una cultura del cuidado, crecimiento profesional, personal y espiritual, que los lleve a través de su labor a encontrar su propósito de vida.

MOTIVACIÓN Y AUTOMOTIVACIÓN

Es una premisa importante de la compañía que nos da  la energía creadora  para  impulsarnos   a  alcanzar los objetivos personales y colectivos.

OBSERVACIÓN

La empleamos como una herramienta fundamental, que nos permite identificar oportunidades, aprovechar nuestras fortalezas, mejorar las debilidades y protegernos de posibles amenazas.

EFICIENCIA

Buscamos el empoderamiento del personal en el cumplimiento de las metas de la compañía, optimizando al máximo los recursos.

CULTURA DE INOCUIDAD

Como empresa de alimentos, incorporamos hábitos de comportamientos responsables a toda la organización con relación a la inocuidad alimentaria , logrando que se viva de forma natural en cada momento y a todo nivel, buscando la protección del consumidor

POLITICA

TECNAS S.A BIC está comprometida a desarrollar todas sus actividades, tanto técnicas como comerciales, dentro de un marco profesional, ético y legal, y mantener un ambiente laboral que motive la participación y el compromiso de sus empleados hacia la calidad del desempeño y los resultados de la empresa, permitiendo a las personas lograr a través del trabajo su autorrealización, su bienestar y el de su familia.

Para lograr lo anterior se presentan las siguientes premisas:

TECNAS S.A BIC ha buscado siempre empleados competentes, capaces de adoptar decisiones correctas en situaciones difíciles, actuando con integridad, siendo honestos y justos en todos los aspectos de sus relaciones personales y comerciales, exigiendo lo mismo de todos aquellos con los que interactúan.

Los empleados de TECNAS S.A BIC no deben comprometerse en actividades que susciten cuestionamientos acerca de la integridad, imparcialidad o reputación de la empresa. El reconocimiento que ha ganado TECNAS S.A BIC por la calidad de sus productos, la integridad de su equipo y su alto nivel ético es importante
para:

  1. Los accionistas, que han invertido en la compañía.
  2. Los clientes, a los que servimos, y los proveedores, con los que hacemos negocios.
  3. La comunidad, en la que vivimos y trabajamos.
  4. Todos nuestros compañeros, empleados en todo el país.
  5. Los consumidores de nuestros productos.

2. OBJETIVO GENERAL

Impulsar en todos los niveles de la estructura organizacional, una cultura de la transparencia y ética empresarial con el fin de procurar los más altos estándares de comportamiento ético de las personas vinculadas con TECNAS S.A BIC en las relaciones personales, comerciales y demás negocios con la compañía, colegas, socios comerciales, clientes, proveedores, contratistas, partes interesadas y la comunidad en general


3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  1. Tener un enfoque ético al efectuar negocios, apoyando así la esencia de los valores.
  2. Respaldar el logro de nuestra política de gestión, de tal manera que sustente su buena reputación, tanto ahora como en el futuro.
  3. Cumplir con el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL en la conducción de los asuntos comerciales de TECNAS S.A BIC
  4. Mantener los más altos estándares de comportamiento ético en las relaciones de negocios con la compañía, colegas, socios comerciales, clientes, proveedores, contratistas, partes interesadas, y la comunidad.
  5. Impulsar en todos los niveles de la estructura organizacional la cultura en materia de administración del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FPADM), basada en la gestión y el control de los riesgos asociados.

4. ALCANCE

El presente PROGRAMA DE TRANSPARENCIA ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL se aplica y obliga a todos los empleados y funcionarios de TECNAS S.A BIC. Así mismo, se hace extensivo, en lo que sea aplicable, a proveedores, contratistas, partes interesadas.

NORMAS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO

El respeto de los principios y valores establecidos en este PROGRAMA DE TRANSPARENCIA ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL es de obligatorio cumplimiento para todos los empleados de la compañía.


5. DEFINICIONES

5.1. ACTIVOS TOTALES: Son todos los activos corrientes y no corrientes, reconocidos en el estado de situación financiera que corresponden a los recursos económicos presentes controlados por la Empresa.
5.2. ASOCIADOS: Son aquellas personas naturales o jurídicas que han realizado un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero a una sociedad o empresa unipersonal a cambio de cuotas, partes de interés, acciones o cualquier otra forma de participación que contemplen las leyes colombianas.
5.3. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO: Es la revisión sistemática, crítica y periódica respecto de la debida ejecución del Programa Transparencia y Ética Empresarial y se lleva a cabo por parte de Control Interno.
5.4. CANAL DE DENUNCIAS: Es el sistema de reporte en línea de denuncias sobre actos de Soborno Transnacional, dispuesto por la Superintendencia de Sociedades en su página web
5.5. CIRCULAR BÁSICA JURÍDICA: Es la Circular Básica Jurídica No. 100-000005 de 2017 de la Superintendencia de Sociedades, incluyendo sus modificaciones
5.6. COHECHO: Delito que implica la entrega de un soborno para corromper a alguien y obtener un favor de su parte.
5.7. CONTRATISTA: Organización externa que proporciona servicios a la organización de acuerdo con las especificaciones, términos y condiciones acordados
5.8. CONTRATO ESTATAL: Corresponde a la definición establecida en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
5.9. CORRUPCIÓN: Es todo hecho, tentativa u omisión deliberada para obtener un beneficio para sí o para terceros en detrimento de los principios organizacionales, independiente de los efectos financieros.
5.10. DEBIDA DILIGENCIA: Es el proceso mediante el cual la Empresa adopta medidas para el conocimiento de la contraparte, de su negocio, operaciones, productos y el volumen de sus transacciones.
5.11. EMPLEADO: Es el individuo que se obliga a prestar un servicio personal bajo vinculación laboral o prestación de servicios a una Empresa o a cualquiera de sus Sociedades Subordinadas.
5.12. EMPRESA: Es la sociedad comercial, empresa unipersonal o sucursal de sociedad extranjera supervisada por la Superintendencia de Sociedades.
5.13. ENTIDAD ADOPTANTE: Es la Empresa que no es una Entidad Obligada y que adopta voluntariamente los PTEE, como buena práctica de gobierno corporativo
5.14. ENTIDAD OBLIGADA: Es la Empresa que se encuentra identificada en los numerales 4.1, 4.2 y 4.3 del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica de 2017
5.15. ENTIDAD SUPERVISADA: Es la Entidad Obligada o Entidad Adoptante que debe dar cumplimiento o que voluntariamente acoge, respectivamente lo previsto en el Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica de 2017.
5.16. ENTIDAD ESTATAL: Corresponde a la definición establecida en el artículo 2º de la Ley 80 de 1993.
5.17. FACTORES DE RIESGO: Son los agentes generadores del riesgo de Lavado de Activos y Financiación Terrorismo. Pueden ser: Clientes, Productos /Servicios, Canales de distribución y Jurisdicciones.
5.18. INGRESOS TOTALES: Son todos los ingresos reconocidos en el estado del resultado del periodo, como principal fuente de información sobre la actividad financiera de una Empresa para el periodo sobre el que se informa. De acuerdo con los criterios de revelación estos incluyen: Ingresos de Actividades Ordinarias, otros ingresos, ganancias (otras partidas que satisfacen la definición de ingresos pero que no son Ingresos de Actividades Ordinarias) e ingresos financieros.
5.19. MATRIZ DE RIESGOS DE CORRUPCIÓN: Es la herramienta que le permite a la Entidad Supervisada identificar los Riesgos de Corrupción a los que puede estar expuesta
5.20. MATRIZ DE RIESGOS DE SOBORNO TRANSNACIONAL: Es la herramienta que le permite a la Entidad Supervisada identificar los Riesgos de Soborno Transnacional a los que puede estar expuesta.

5.21. NEGOCIOS O TRANSACCIONES INTERNACIONALES: Por negocio o transacción internacional se entiende, negocios o transacciones de cualquier naturaleza con personas naturales o jurídicas extranjeras de derecho público o privado.
5.22. OCDE: La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) es una Organización intergubernamental que reúne a 34 países comprometidos con las economías de mercado y con sistemas políticos democráticos, que en su conjunto representan el 80% del PIB mundial y su misión es promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo. Dado que la corrupción es una amenaza para los gobiernos, el desarrollo sustentable, los procesos democráticos y las prácticas corporativas justas, la OCDE es un líder global en la lucha contra la misma, tomando un enfoque multidisciplinario desde el nivel empresarial y gubernamental apoyando una lucha global para su erradicación
5.23. OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: Es la persona natural designada por la Empresa y que estará encargada de promover, desarrollar y velar por el cumplimiento de los procedimientos específicos de prevención, actualización y mitigación del Riesgo LA/FT/FPADM.
5.24. PERSONAPOLÍTICAMENTE EXPUESTAO PEP: Corresponde a la definición establecida en el artículo 2.1.4.2.3 del Decreto 1081 de 2015, modificado por el artículo 2° del Decreto 830 del 26 de julio de 2021.
5.25. POLÍTICAS DE CUMPLIMIENTO: Son las políticas generales que adopta la Entidad Supervisada para llevar a cabo sus negocios y operaciones de manera ética, transparente y honesta; y esté en condiciones de identificar, detectar, prevenir y atenuar los Riesgos de Corrupción o Riesgos de Soborno Transnacional.
5.26. PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL O PTEE: Es el documento que recoge la Política de Cumplimiento, los procedimientos específicos a cargo del Oficial de Cumplimiento, encaminados a poner en funcionamiento la Política de Cumplimiento con el fin de identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los Riesgos de Corrupción o los Riesgos de Soborno Transnacional que puedan afectar a una Entidad Supervisada, conforme a la Matriz de Riesgo, y demás instrucciones y recomendaciones establecidas en el presente Capítulo.
5.27. RECURSO ECONÓMICO: Es el derecho que tiene el potencial de producir beneficios económicos.
5.28. RIESGOS C/ST: Es el Riesgo de Corrupción y/o el Riesgo de Soborno Transnacional.
5.29. RIESGOS DE CORRUPCIÓN: Es la posibilidad de que, por acción u omisión, se desvíen los propósitos de la administración pública o se afecte el patrimonio público hacia un beneficio privado.
5.30. RIESGOS DE SOBORNO TRANSNACIONAL O RIESGO ST: Es la posibilidad de que una persona jurídica, directa o indirectamente, dé, ofrezca o prometa a un Servidor Público Extranjero sumas de dinero, objetos de valor pecuniario o cualquier beneficio o utilidad a cambio de que dicho servidor público realice, omita o retarde cualquier acto relacionado con sus funciones y en relación con un Negocio o Transacción Internacional
5.31. SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO: Es toda persona que tenga un cargo administrativo, legislativo o judicial en un país.
5.32. SOBORNO: Es el acto de dar, ofrecer, prometer, solicitar o recibir cualquier dádiva o cosa de valor a cambio de un beneficio o cualquier otra contraprestación, o a cambio de realizar u omitir un acto inherente a una función pública o privada, con independencia de que la oferta, promesa, o solicitud es para uno mismo o para un tercero, o en nombre de esa persona o en nombre de un tercero.
5.33. SOCIEDAD SUBORDINADA: Tiene el alcance previsto en el artículo 260 del Código de Comercio.
5.34. SOCIEDAD VIGILADA: Es la sociedad, empresa unipersonal y sucursal de sociedad extranjera, sometida a vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, en los términos previstos en el artículo 84 de la Ley 222 de 1995.
5.35. PAGOS DE FACILITACIÓN: Pagos dados a una persona de negocios para agilizar un trámite


6. MARCO TEÓRICO

MARCO LEGAL

NORMAS Y ESTANDARES INTERNACIONALES

En desarrollo de los esfuerzos significativos desplegados por Colombia para combatir la Corrupción, se ha adoptado un marco legal internacional entre el que se incluye las siguientes convenciones y convenios:

Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales:

La OCDE y la OEA firmaron en 2007 un memorando de entendimiento para que se instaurara un marco de cooperación por las iniciativas anticorrupción. Este acuerdo apoya los objetivos comunes de modernización del Estado, prevención y represión de la corrupción, y promoción de la aplicación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (CIACC o Convención de la OEA) de 1996 y de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC).

La Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de los Estados Americanos- OEA Adoptada en Caracas Venezuela el 29 de marzo de 1996 y busca que los Estados miembros hagan todos los esfuerzos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas y en los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio.

El Convenio Penal sobre la Corrupción del Consejo de Europa

Firmado en Estrasburgo el 27 de enero de 1999 por los miembros del Consejo de Europa busca que los estados miembros sigan de modo prioritario, una política penal común encaminada a la protección de la sociedad contra la corrupción, incluso mediante la adopción de una legislación apropiada y de las medidas preventivas adecuadas

El Convenio Civil sobre la Corrupción del Consejo de Europa

Suscrito igualmente por los países miembros del Consejo de Europa busca que cada parte establezca en su derecho interno procedimientos eficaces en favor de las personas que hayan sufrido daños resultantes de actos de corrupción, con el fin de permitirles defender sus derechos e intereses, incluida la posibilidad de obtener indemnización por dichos daños.

La Convención de la Unión Africana para prevenir y combatir la corrupción

Suscrita por los países miembros de la Unión Africana e insta a adoptar todas las medidas necesarias para tipificar como actos delictivos los actos de corrupción cometidos por cualquier persona, incluyendo a servidores del sector privado con respecto a servidores públicos.

La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC)

Suscrita en 2004 por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) busca con su aprobación dejar bien claro que la comunidad internacional está decidida a impedir la corrupción y a luchar contra ella. Advertirá a los corruptos que no vamos a seguir tolerando que se traicione la confianza de la opinión pública. Y reiterará la importancia de valores fundamentales como la honestidad, el respeto del estado de derecho, la obligación de rendir cuentas y la transparencia para fomentar el desarrollo y hacer que nuestro mundo sea un lugar mejor para todos.

Algunos de los anteriores instrumentos promueven expresamente la adopción de programas de cumplimiento y códigos de conducta por parte de las empresas.

NORMAS NACIONALES

Ley 1573 de 2012: Mediante la cual, Colombia asumió la obligación de ajustar y armonizar su normatividad con los estándares internacionales, para sancionar efectivamente a las Personas naturales y jurídicas que incurran en actos de soborno transnacional.

LEY 1778 de 2016: La cual dicta las normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción. Esta Ley tiene como objetivos:

a) Establecer un régimen administrativo sancionatorio para las personas jurídicas que incurran en conductas de soborno transnacional. Se enfoca por lo tanto en la sanción del lado “oferente” de la conducta.

b) Ajustar y complementar el tipo penal de soborno transnacional, contenido en el artículo 433 del Código Penal colombiano, de acuerdo con los estándares internacionales.

Resolución 100-04237 del 9 de Agosto de 2021 de la Superintendencia de Sociedades: Mediante la que traza las líneas de acción y de comportamiento ético de las Entidades bajo su supervisión y vigilancia, para el desarrollo del artículo 23 de la Ley 1778 de 2016.

Circular 100-000011 y 100-000012 del 9 de Agosto de 2021 de la Superintendencia de Sociedades: modifica la Circular Externa No.100-000003 del 26 de julio de 2016 y actualiza el Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica de 2017.


7. DESARROLLO DEL PROGRAMA

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL (PTEE)

ACUERDO NO 001-2022

Por el cual se modifica el “PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO DE TECNAS”.

La Junta Directiva de TECNAS, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y teniendo en cuenta que:

A través del acta # 177 del 29 de abril del 2021, TECNAS adoptó a la luz de la Circular Externa No.100-000003 del 26 de julio de 2016 emitida por la Superintendencia de Sociedades, el “PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LA LUCHA CONTRA EL SOBORNO”

Con la emisión de las Circulares 100-000011 y 100-000012 del 9 de agosto de 2021, se modifican el Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica de 2017, se busca actualizar las instrucciones de la Superintendencia de Sociedades a las recomendaciones de organismos internacionales, a la política general de supervisión de esta Entidad y a las necesidades actuales, específicamente las asociadas a combatir la corrupción con herramientas eficaces de gobierno corporativo.

Con la modificación integral a la Circular Externa No.100-000003 del 26 de julio de 2016, se busca profundizar en las instrucciones y recomendaciones administrativas relacionadas con la promoción de los Programas de Transparencia y Ética Empresarial, así como de los mecanismos internos de auditoria, anticorrupción y prevención del soborno transnacional y la corrupción, en el contexto de la Ley 1778 de 2016 y el Decreto 1736 de 2020.

Al contar con un PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO, TECNAS debe realizar las modificaciones y adecuaciones con base a las Circulares antes mencionadas.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO en TECNAS, para prevenir las conductas señaladas en el artículo 2° de la Ley 1778 de 2016 a partir de las instrucciones de las Circulares 100-000011 y 100-000012 del 9 de agosto de 2021 y establecerlo como de obligatorio cumplimiento para todos los Directivos, Empleados, Socios y en general para todas las personas vinculadas con la Empresa.

ARTÍCULO SEGUNDO. El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO en TECNAS, se desarrolla a partir del siguiente documento: PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y LUCHA CONTRA EL SOBORNO.

CONSIDERACIONES GENERALES

Durante las últimas décadas, Colombia ha desplegado esfuerzos significativos tendientes a evitar la corrupción. En este contexto, el país ha celebrado diversos acuerdos internacionales que fueron aprobados por el Congreso de la República, tales como la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos en 1997, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción – UNCAC – en 2005 y la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales en 2012.

Como resultado de los anteriores convenios internacionales, se promulgó la Ley 1778 del 2 de febrero de 2016, en virtud de la cual se establece un régimen especial para (i) investigar e imponer sanciones administrativas a las personas jurídicas involucradas en conductas de soborno transnacional y (ii) fortalecer la prevención y lucha contra la corrupción. Por otra parte, el artículo 23 de la Ley 1778 de 2016 faculta a la Superintendencia de Sociedades para promover en las empresas sujetas a su vigilancia, la adopción de programas relacionados con la transparencia y ética empresarial para prevenir las conductas de soborno transnacional.

De acuerdo al acta # 177 del 29 de abril del 2021, TECNAS adoptó el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO acogiendo las recomendaciones dadas en la Circular Externa 100-000003 del 26 de julio de 2016 e implementando dentro de sus Colaboradores las medidas tendientes a contribuir a la lucha nacional y mundial por contar con un ambiente económico estable y carente de distorsiones para que los negocios o transacciones nacionales e internacionales se cumplan de forma tal que los competidores puedan acceder libremente a cualquier mercado.

Ahora, ante la entrada en vigencia de las Circulares Externas 100-000011 y 100-000012 de agosto de 2021, se hace necesario modificar en su totalidad el Programa llevándolo a nuevos estándares y metodologías basadas en el análisis interno del Riesgo de Corrupción y Soborno Transnacional, dependiendo de los factores propios de TECNAS identificados y evaluados en su propio contexto.

El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO brinda a TECNAS, un conjunto de herramientas, políticas y procedimientos necesarios para prevenir las conductas señaladas en el artículo 2° de la Ley 1778 de 2016 y establecerlo como de obligatorio cumplimiento para todos los Directivos, Empleados, Socios y en
general para todas las personas vinculadas con la Empresa.

AMBITO DE APLICACIÓN DEL PROGRAMA

NATURALEZA Y CONTEXTO DE LA ENTIDAD

TECNAS es una Empresa que aporta con el crecimiento y el desarrollo de la industria de alimentos, mediante la calidad de sus productos, la calidez de su servicio, la investigación, innovación y vigilancia de las tendencias del mercado en los sectores cárnicos, lácteos y helados, panadería, repostería y arepas, bebidas, galletas y snacks, hoteles, restaurantes y casinos.

TECNAS posee puntos de venta varias ciudades del país, entre ellas: Bogotá, Itagüí, Cali, Dosquebradas, Barranquilla, Cúcuta y Bucaramanga. La naturaleza de sus servicios así como su objeto social, ubican a TECNAS en el contexto nacional con relaciones de negocios más allá del contexto colombiano, donde las normas sobre delito transnacional, soborno y demás riesgos del mercado global, hacen que el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO que se desarrolla en el presente documento, tenga gran relevancia y sea motivo de un trabajo conjunto entre la administración, los Empleados y Colaboradores y los Grupos de Interés, para operar en un ambiente de confianza, colaboración y ayuda mutua en el logro de los objetivos de crecimiento y sostenibilidad en el tiempo.

PRINCIPIOS Y DECLARACIÓN DE LAS POLÍTICAS

Los valores y principios que enmarcan la actividad de TECNAS son:

– Trabajo colaborativo
– Empoderamiento
– Coherencia
– Nobleza
– Amor
– Servicio Cálido

Es deber de TECNAS, de sus órganos de administración y de control, de su Oficial de Cumplimiento, así como de los Representantes de la Compañía, asegurar el cumplimiento de las siguientes Políticas y poder atender las Normas Anticorrupción y Anti-soborno: TECNAS prohíbe y sanciona cualquier tipo de conducta relacionada con el soborno o la corrupción.

POLÍTICAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

Es la práctica de poner la información en la vitrina pública para que cualquier persona o grupo de interés pueda conocerla, revisarla, analizarla y usarla como mecanismo de responsabilidad, de participación o interacción y de control para asegurar el cumplimiento de objetivos y metas en la gestión empresarial.

A partir de este concepto, se han identificado cuatro elementos implícitos en la transparencia empresarial, sobre los cuales se sustenta el modelo de evaluación propuesto para la empresa y se definen los factores a medir:

Apertura
Es entendida como el acceso a la información completa, oportuna, comprensiva, confiable, comparable para los distintos grupos de interés de acuerdo con las normas legales y los estándares deseados. Información que se evalúa atendiendo a su oferta mínima y significativa a grupos de interés, tales como socios, accionistas e inversionistas, clientes, proveedores y sociedad en general.

Dentro de este concepto TECNAS ofrece acceso a la información completa, oportuna y confiable a los diferentes grupos de interés, siempre que no sea información confidencial, privilegiada o de secreto industrial o comercial y sin que se viole el principio de privacidad y seguridad de la información contemplada en la normatividad colombiana o de los territorios donde opera.

Este modelo de apertura se basa en ofrecer a través de los diferentes canales, información clara, oportuna y veraz especialmente en lo relacionado con licitaciones, contratación y demás procesos de índole contractual donde TECNAS actúe como Contratante o Contratista, siempre bajo un marco de legalidad y transparencia sin afectar con la revelación de dicha información, su posición contractual o de ventaja
competitiva.

Contacto con sus Grupos de Interés
Entendido como la interacción que establecen las empresas con sus Grupos de Interés a partir de una política clara de entrega de información. En el caso de TECNAS, se prioriza su relación con Clientes y Usuarios de los productos y servicios del Portafolio Empresarial, concentrando sus políticas de transparencia en la implementación de mecanismos para responder a sus expectativas y necesidades y alcanzar niveles de satisfacción, fidelidad y confianza.

Definición de reglas claras
Además de reglas claras, estas deben estar formalizadas, ser conocidas y aplicadas por todos los Empleados y Directivos. En este caso, la transparencia en TECNAS se manifiesta al adoptar e implementar normas, principios y valores éticos y lograr que todos los diferentes niveles de la Empresa tomen decisiones, atendiendo los valores promulgados y con la convicción generalizada de que debe ser así, y se relaciona directamente con el esquema de buen gobierno corporativo que además, proporciona una estructura para el establecimiento de los objetivos a lograr y determina los medios que pueden utilizarse para alcanzarlos y para supervisar su cumplimiento.

Control
Las empresas deben contar con procedimientos, planes, métodos, normas, y mecanismos de verificación y evaluación, ya sea por disposición legal o por iniciativa propia de carácter interno o externo, para asegurar el cumplimiento de objetivos y metas en la gestión empresarial.

TECNAS ha desarrollado un modelo de control o evaluación con base en el cumplimiento de normas nacionales para los países donde realiza sus operaciones, estándares de calidad de los procesos propios de su objeto social, referentes nacionales e internacionales importantes, que si bien obedecen a principios y mediciones de sostenibilidad, metodologías de reporte social, reconocen la transparencia empresarial como un mandato previo y fundamental para que las empresas sean socialmente responsables.

En este contexto, TECNAS recoge en su filosofía empresarial los elementos comunes de la transparencia, tales como: la divulgación de la información, el gobierno corporativo, las políticas éticas y anticorrupción, los estándares aplicados a cadena de valor y el diálogo con sus grupos de interés. En esta perspectiva para la Empresa, la transparencia es un medio básico para alcanzar un verdadero compromiso social y el logro de sus objetivos empresariales.

LA ÉTICA Y LA CONDUCTA EN TECNAS

A partir de la promulgación de su Código de Ética y Conducta, TECNAS enmarca su accionar dentro de una filosofía de actuación transparente y ética de sus Empleados y Directivos, dando a la Ética un lugar preponderante por encima inclusive, del logro de las metas comerciales.

Con la entrada en vigencia de Ley 1778 de 2016 y la Resolución 100-004237 de 2021 de la Superintendencia de Sociedades, se busca que se tenga en cuenta además de los principios éticos, las políticas para prevenir el soborno transnacional.

Dada la naturaleza de la operación de TECNAS al interior y/o fuera de Colombia, y la participación en procesos licitatorios y contractuales con Entidades públicas y privadas en estos países, se hace necesario definir las políticas que permitan no sólo cumplir la normatividad vigente sobre soborno transnacional y evitar la materialización de riesgos de pérdida por sanciones, reputacional y de contagio, sino generar un modelo de negocio ético que garantice la permanencia y crecimiento sostenido de la Empresa en tiempos de alta exigencia normativa y de buena reputación entre los clientes.

El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO, busca además, prevenir, detectar y corregir situaciones que tengan la potencialidad de convertirse en una práctica de Corrupción.

Dentro de su PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO, TECNAS adopta y cumple lo establecido en el Capítulo XIII De la Circular Básica Jurídica. Igualmente TECNAS realizará la evaluación particular y aplicará el autocontrol y gestión sobre la base del análisis y evaluación detallada de sus Riesgos de Corrupción y/o Riesgos de Soborno Transnacional, y adoptará los mecanismos que mejor se ajusten para enfrentar tales riesgos.

El análisis y evaluación detallada de los Riesgos de Corrupción y/o Soborno Transnacional se hará con base en los Factores de Riesgo propios de la actividad de TECNAS: Riesgos derivados del sector económico donde participa, los terceros, los Contratistas, los intermediarios, los
asesores, los consultores y el tipo de Contrato Estatal, entre otros.

El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO compila de manera integral todas las normas internas de TECNAS en materia de prevención y mitigación de los Riesgos de Corrupción y/o los Riesgos de Soborno Transnacional, así como los principios y valores éticos de la Entidad para llevar a cabo sus negocios de manera ética, transparente y honesta. En consecuencia, cualquier modificación al Programa y a la Política de Cumplimiento, se incorporará en forma detallada y rigurosa en el documento correspondiente.

DISEÑO Y APROBACIÓN DEL PROGRAMA

El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO se diseña con base en la evaluación exhaustiva de los Riesgos C/ST (Matriz de Riesgo de Corrupción y/o Matriz de Riesgo de Soborno Transnacional) identificados por TECNAS los cuales se deben tratar.

El PTEE de TECNAS precisa las responsabilidades asignadas a los Administradores y al Oficial de Cumplimiento, respecto de la correcta puesta en marcha del Programa.

AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO

Dado que las actividades de TECNAS cambian a lo largo del tiempo, también mutan los Riesgos C/ST a los que esa Empresa está expuesta. Por lo anterior, el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO es dinámico y está estructurado de forma tal que puede ser fácilmente modificado.

El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO se amolda a los factores de complejidad propios de TECNAS según evolucionen los factores de riesgo de su actividad: pertenencia a grupos empresariales, las actividades económicas que desarrolla, los países en que opere, las personas con las que contrate y
los tipos de Contratos Estatales que celebre.

La junta Directiva de TECNAS, ha designado un Oficial de Cumplimiento como la persona responsable de la auditoría y verificación del cumplimiento del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO. El empleado designado ha sido certificado en cuanto al cumplimiento de los requisitos de idoneidad, experiencia y liderazgo para gestionar el riego de Corrupción y Soborno Transnacional de la Empresa.

TECNAS mantiene actualizada la información del Oficial de Cumplimiento e informará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la Superintendencia de Sociedades, cualquier modificación al respecto incluyendo copia del extracto del acta de la Junta Directiva en la que conste el cambio realizado.

RÉGIMEN SANCIONATORIO POR INCUMPLIMIENTO DEL El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO

Las sanciones por violar las Normas Nacionales, las Normas Anticorrupción y Antisoborno, Políticas y Programa de Ética empresarial pueden resultar en graves sanciones para los Representantes, empleados, altos directivos y/o contratistas de TECNAS.

Las sanciones laborales se aplicarán sin perjuicio de las demás sanciones civiles, administrativas y penales existentes en la normatividad vigente, incluyendo de manera especial aquellas relacionadas con la prevención de la corrupción transnacional y de lucha contra el Soborno y las contenidas en el Código Penal colombiano y las normas que lo adicionen o modifiquen.

Los Representantes, empleados, altos directivos y/o contratistas de la Empresa que violen estas Políticas y/o el Programa de Ética empresarial, serán sujetos a sanciones y medidas disciplinarias, incluyendo el despido con justa causa de conformidad con las disposiciones del Reglamento Interno de Trabajo y el Código Sustantivo del Trabajo, sin perjuicio de las acciones legales que pudiere adelantar por esta causa.

TECNAS aplicará las medidas disciplinarias de manera justa y rápida y en proporción con la violación.
Para reportar incumplimientos al interior de TECNAS relacionados con el PTEE, incurriendo en alguna de las faltas se realizará lo siguiente:

Se deberá comunicar la falta cometida por cualquiera de los empleados de la entidad de manera inmediata (inclusive si es cometida por su inmediato superior) ante el Oficial de Cumplimiento, quién se encargará de realizar un proceso investigativo preliminar llevando los resultados y el concepto al Gerente, el cual aplicará el procedimiento disciplinario establecido en el Reglamento Interno de Trabajo; igual aplica al incumplimiento de lo contenido en el presente Código de Ética y Conducta.

FALTAS GRAVES

Dentro del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO, serán consideradas como faltas graves las siguientes:

– Participar en cualquier acto contrario a las políticas para prevenir la corrupción transnacional.
– Dar o recibir cualquier tipo de ofrecimiento como ventaja en la realización de negociaciones con la Empresa.
– Falsificar documentos o firmas para dar ventaja para sí o para terceros en procesos de negociación con la Empresa.
– Entregar información que de ventaja a terceros en procesos de negociación con la Empresa.
– Llevar documentación fuera de las instalaciones de la Empresa sin la debida autorización.
– Ejercer presión a empleados, clientes, terceros, entre otros, para que realicen algún tipo de operación con la Compañía.
– Hacer uso del cargo para obtener beneficios para sí mismo o para un tercero.
– Guardar información vital para el correcto funcionamiento de la Empresa.

Por decisión de la Junta Directiva, previo pronunciamiento del Oficial de Cumplimiento, TECNAS pondrá en conocimiento de las autoridades competentes cualquier violación de las Normas Anticorrupción que conozca en desarrollo de su actividad. TECNAS no podrá asumir los costos correspondientes a la defensa o las sanciones impuestas a un Representante, empleado, alto directivo y/o contratista de la Compañía por la violación de las Normas Anticorrupción y Antisoborno.

DIVULGACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO

Para evitar de manera efectiva la Corrupción, los Empleados, Administradores, Asociados y Contratistas de TECNAS, deben conocer adecuadamente el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO. Para este efecto, la Empresa se obliga a poner en marcha mecanismos idóneos para la correcta comunicación y pedagogía de tal Programa.

Como parte del proceso de implementación del Programa de Transparencia, Ética Empresarial y Mecanismos de Prevención de la Corrupción Transnacional y de Lucha contra el Soborno en TECNAS, la formación y capacitación del personal se convierte en un pilar fundamental. Para ello se define la siguiente estrategia:

DIVULGACIÓN DEL PROGRAMA

En su fase inicial de implementación así como en las etapas posteriores frente a cambios o actualización anual, TECNAS utilizará un lenguaje sencillo y directo para transmitir el mensaje de los objetivos, funciones y responsabilidades de todos y cada uno de los empleados frente al PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.

Igualmente y dado que tanto la fuente de los riesgos de C/ST evolucionan y por ende los mecanismos de tratamiento y prevención, se asumen las siguientes actividades como parte del mecanismo de divulgación del Programa: se podrá realizar un análisis y ajuste a los manuales de funciones de los empleados y según su nivel de exposición al riesgo de C/ST, se podrán definir las obligaciones de manera expresa e inequívoca frente a la prevención de la C/ST.

Esta actividad se podrá realizar y comunicar de manera amplia, entregando a cada empleado su manual actualizado haciendo énfasis en la nueva política de la empresa acerca de controles financieros, entrega de regalos y donaciones, la creación de canales efectivos para recibir reportes confidenciales sobre actividades de Corrupción, y la información referente a las sanciones para los Empleados y administradores que infrinjan el Programa.

Dado que existe la posibilidad de operar directa o indirectamente con contratistas, clientes y partes interesadas de países donde el idioma oficial no sea el castellano, en el caso del Riesgo de Soborno Transnacional, las políticas asumidas por TECNAS serán inicialmente traducidas al inglés como idioma universal de negocios y sólo en caso de requerirse a petición del tercero, traducida a su idioma natal.

CAPACITACIÓN DEL PROGRAMA

PLAN DE CAPACITACIÓN PROCESO DE INDUCCIÓN PERSONAL NUEVO A LA ENTIDAD

Previa vinculación del personal a la Empresa, se tiene establecida la capacitación sobre el desarrollo del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.

TECNAS garantiza el acceso a los elementos del Programa a todo el personal y dejará constancia mediante firma de su recepción, lectura y compromiso de cumplimiento, especialmente por todos los empleados obligados a asumir responsabilidades en el tema de prevención de la corrupción.

PLAN PERIÓDICO DE CAPACITACIÓN

Anualmente dentro de los programas de Reinducción, se desarrollará un programa de refuerzo sobre los temas de prevención de la corrupción transnacional y los principios y valores éticos de TECNAS. El Programa periódico de capacitación podrá manejar los siguientes temas:

Efectos de la corrupción y conductas antiéticas en las actividades empresariales.

Alcance del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA EL SOBORNO DE TECNAS.

Mecanismos del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO DE TECNAS, que incluye las políticas y procedimientos definidos para su prevención.

Funciones y responsabilidades de los diferentes equipos internos de trabajo dentro del Programa en la Empresa.

Interacción del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO DE TECNAS con otros elementos normativos y Sistemas de Administración del Riesgo.

Régimen sancionatorio por el incumplimiento de los deberes y responsabilidades del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO DE TECNAS.

En cada una de las jornadas de capacitación desarrolladas, se diligenciará un Acta de asistencia, constancia individual y se podrá realizar una evaluación. Estos soportes estarán archivados de forma exclusiva por el Oficial de Cumplimiento, adjunto al material empleado en cada sesión.

CANALES DE COMUNICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO

El Oficial de Cumplimento en conjunto con la Gerencia son los encargados de recibir las consultas, quejas y denuncias sobre posibles actos de violación a las Políticas, el Programa de Ética Empresarial y/o las Normas Anticorrupción.

También TECNAS ha dispuesto de un buzón ético y correo electrónico eticaempresarial@tecnas.com.co el cual es administrado por la Gerencia General, por medio del cual los Representantes de la Compañía o Empleados, pueden de manera segura, confidencial y anónima poner en conocimiento de la Empresa cualquier sospecha de violación a la presente Política.

La información de la persona que denuncia, si es suministrada, se mantendrá bajo confidencialidad.
No existirán represalias contra los Empleados que denuncien de buena fe actos o potenciales actos de violación a estas Políticas y/o del Programa de Ética empresarial.

TECNAS no admitirá denuncias o quejas falsas o temerarias. En caso que se demuestre que la denuncia es
falsa o temeraria, o no realizada de buena fe, dicha conducta se considerará como una violación al Código de Ética y Conducta de la Empresa, con sus respectivas consecuencias.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO

Al interior de TECNAS se tiene definida la estructura organizacional donde están detalladas las facultades y funciones necesarias frente al diseño, implementación y ejecución del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.

Estas facultades y funciones se traducen al interior de TECNAS en reglas de conducta que orientan la actuación de los Empleados, Socios, Administradores y demás vinculados o partes interesadas y constan por escrito en los respectivos reglamentos y manuales de funciones.

En TECNAS, el funcionamiento del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO se basa en la interacción de todos los responsables dentro de la compañía lo que permite su óptimo funcionamiento.

FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva de TECNAS frente al PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO, tiene la responsabilidad principal de establecer y definir las Políticas de Cumplimiento, lo cual incluye las instrucciones que deben impartirse respecto del diseño, estructuración, implementación, ejecución y verificación de las acciones dirigidas a la prevención y mitigación efectiva de cualquier práctica corrupta.

De acuerdo con lo anterior, la Junta Directiva asume las siguientes acciones:

a. Expedir y definir la Política de Cumplimiento del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
b. Definir el perfil del Oficial de Cumplimiento conforme a la Política de C/ST
c. Designar al Oficial de Cumplimiento.
d. Aprobar el documento que contemple el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
e. Asumir un compromiso dirigido a la prevención de los Riesgos C/ST, de forma tal que la Empresa pueda llevar a cabo sus negocios de manera ética, transparente y honesta.
f. Asegurar el suministro de los recursos económicos, humanos y tecnológicos que requiera el Oficial de Cumplimiento para el cumplimiento de su labor dentro del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
g. Ordenar las acciones pertinentes contra los socios que tengan funciones de dirección y administración en la Entidad Obligada, los Empleados, y Administradores, cuando cualquiera de los anteriores infrinja lo previsto en el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
h. Liderar una estrategia de comunicación y pedagogía adecuada para garantizar la divulgación y conocimiento eficaz de las Políticas de Cumplimiento y del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO a los Empleados, Socios, Contratistas (conforme a los Factores de Riesgo y Matriz de Riesgo) y demás
partes interesadas identificadas.

FUNCIONES DEL REPRESENTANTE LEGAL

Frente al PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO, el Gerente General de TECNAS tiene las siguientes funciones:
a. Presentar en conjunto con el Oficial de Cumplimiento, para aprobación de la Junta Directiva la propuesta del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
b. Velar porque el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO se articule con las Políticas de Cumplimiento adoptadas por la Junta Directiva.
c. Prestar efectivo, eficiente y oportuno apoyo al Oficial de Cumplimiento en el diseño, dirección, supervisión y monitoreo del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
d. Certificar ante la Superintendencia de Sociedades el cumplimiento de lo previsto en el Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica.
e. Asegurar que las actividades que resulten del desarrollo del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO se encuentran debidamente documentadas, de modo que se permita que la información responda a unos criterios de integridad, confiabilidad, disponibilidad, cumplimiento, efectividad, eficiencia y confidencialidad.

Los soportes documentales se conservarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 962 de 2005, o la norma que la modifique o sustituya.

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

En TECNAS, se ha designado un Oficial de Cumplimiento que es el responsable general de liderar y administrar el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.

En el acta y manual de funciones del Oficial de Cumplimiento Principal frente al PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO, se establece: (i) el perfil del Oficial de Cumplimiento; (ii) las incompatibilidades e inhabilidades del Oficial de Cumplimiento; (iii) la administración de conflictos de interés; y (iv) las funciones específicas que se le asignan.

Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la designación del Oficial de Cumplimiento, TECNAS informará por escrito a la Superintendencia de Sociedades, a la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios, el nombre, número de identificación, correo electrónico y número de teléfono del Oficial de Cumplimiento. La Empresa mantendrá actualizada la información del Oficial de Cumplimiento. Para tal fin, informará por escrito a la Supersociedades dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, cualquier modificación al respecto.

Con la anterior información se remitirá copia del extracto del acta de la Junta Directiva en la que conste la designación del Oficial de Cumplimiento y/o cualquier otro documento que requiera la Superintendencia de Sociedades.

REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER DESIGNADO COMO OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

Al nombrar al Oficial de Cumplimiento de TECNAS, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:
a. La persona debe gozar de la capacidad de tomar decisiones para gestionar el Riesgo C/ST y tener comunicación permanente y depender directamente de la Junta Directiva de TECNAS.
b. La persona debe contar con conocimientos suficientes en materia de administración de Riesgo C/ST y entender el giro ordinario de las actividades de la Empresa.
c. Debe contar con el apoyo de un equipo de trabajo humano y técnico, de acuerdo con el Riesgo C/ST y el tamaño de la Empresa.
d. La persona designada no puede hacer parte de la Junta Directiva, ni de los Órganos sociales o la Revisoría Fiscal (no funge como Revisor Fiscal o está vinculada a la empresa de revisoría fiscal que ejerce esta función)
e. No puede actuar el Oficial de Cumplimiento, principal o suplente, en más de diez (10) Empresas. En caso de que sea Oficial de Cumplimiento de más de una Empresa diferente a TECNAS, el Oficial de Cumplimiento certificará que no actúa como tal en Empresas que sean competencia directa de la Empresa. Será función de la Junta Directiva verificar dicho lineamiento.
f. Cuando exista un grupo empresarial o una situación de control declarada, el Oficial de Cumplimiento de la matriz o controlante podrá ser la misma persona para todas las sociedades que conforman el grupo o conglomerado, independientemente del número de sociedades que lo conformen.
g. La persona designada estará domiciliada en Colombia.

FUNCIONES DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

El Oficial de Cumplimiento de TECNAS frente al PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO tiene las siguientes funciones:

a. Presentar en conjunto con el Gerente para aprobación de la Junta Directiva, el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
b. Presentar, por lo menos una vez al año, informes a la Gerencia y Junta Directiva que contengan una evaluación y análisis sobre la eficiencia y efectividad del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO y, de ser el caso, proponer las mejoras respectivas. Así mismo, demostrar los resultados de su gestión
como Oficial de Cumplimiento y de la Administración de la Empresa en general, frente al cumplimiento del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
c. Velar porque el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO se articule con la Política de Cumplimiento adoptada por la Junta Directiva.
d. Velar por el cumplimiento efectivo, eficiente y oportuno PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
e. Implementar una Matriz de Riesgos C/ST y actualizarla conforme a las necesidades propias de la Empresa, sus Factores de Riesgo, la materialización del Riesgo C/ST y de conformidad con la Política de Cumplimiento.
f. Definir, adoptar y monitorear acciones y herramientas para la detección del Riesgo C/ST, conforme a la Política de Cumplimiento para prevenir el Riesgo C/ST y la Matriz de Riesgos.
g. Garantizar la implementación de canales apropiados para permitir que cualquier persona informe, de manera confidencial y segura acerca de incumplimientos del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO y posibles actividades sospechosas relacionadas con Corrupción.
h. Verificar la debida aplicación de la política de protección a denunciantes que la Empresa haya establecido y respecto a Empleados, la política de prevención de acoso laboral conforme a la ley.
i. Establecer procedimientos internos de investigación en la Empresa para detectar incumplimientos del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
j. Coordinar el desarrollo de las capacitaciones del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
k. Verificar el cumplimiento de los procedimientos de Debida Diligencia aplicable a la Empresa.
l. Velar por el adecuado archivo de los soportes documentales y demás información relativa a la gestión y prevención del Riesgo C/ST.
m. Diseñar las metodologías de clasificación, identificación, medición y control del Riesgo C/ST que formarán parte del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO.
n. Realizar la evaluación del cumplimiento del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO y del Riesgo C/ST al que se encuentra expuesta la Empresa.

FUNCIONES DE LA REVISORÍA FISCAL

El Revisor Fiscal frente al PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y EL SOBORNO, deberá denunciar ante las autoridades competentes, cualquier acto de Corrupción que conozca en desarrollo de sus funciones. De hecho, el artículo 32 de la Ley 1778 de 2016, que adiciona el numeral 5º del artículo 26 de la Ley 43
de 1990, les impone a los revisores fiscales la obligación expresa de denuncia ante las autoridades penales, disciplinarias y administrativas, por la presunta realización de delitos, que detecte en el ejercicio de su cargo, aún a pesar del secreto profesional, en los siguientes términos:

“Los revisores fiscales tendrán la obligación de denunciar ante las autoridades penales, disciplinarias y administrativas, los actos de corrupción así como la presunta realización de un delito contra la administración pública, un delito contra el orden económico y social, o un delito contra el patrimonio económico que hubiere detectado en el ejercicio de su cargo. También deberán poner estos hechos en conocimiento de los órganos sociales y de la administración de la sociedad. Las denuncias correspondientes deberán presentarse dentro de los seis (6) meses siguientes al momento en que el revisor fiscal hubiere tenido conocimiento de los hechos. Para los efectos de este artículo, no será aplicable el régimen de secreto profesional que ampara a los revisores fiscales”.

En cumplimiento de su deber, el Revisor Fiscal debe prestar especial atención a las alertas que pueden dar lugar a sospecha de un acto relacionado con un posible acto de Corrupción. Debido a la diferencia de las funciones que corresponden al Revisor Fiscal, al Representante legal y al Oficial de Cumplimiento, no se deberá designar al Revisor Fiscal o al Representante legal como Oficial de Cumplimiento.

FUNCIONES DE LOS EMPLEADOS

Aplicar dentro de sus actividades los lineamientos y principios de transparencia y prevención de la corrupción transnacional y de lucha contra el soborno, especialmente en aquellos cargos que participan en procesos de compras, contratación y licitación de TECNAS.

En caso de tener Empleados a cargo, promover y supervisar los controles propios del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE correspondiente a su área y actividad, así como impartir las instrucciones necesarias para el estricto cumplimiento de la normativa interna.

Informar a su Jefe inmediato, Gerente General y en última instancia al Máximo Órgano Administrativo, cualquier situación que pueda afectar el debido funcionamiento de la Empresa. Lo anterior respetando la línea jerárquica sin obviar que la situación puede implicar a alguno de los niveles superiores a los que se debe reportar, por lo que se debe acudir al nivel inmediatamente a su superior.

Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, entendiéndose que los lineamientos establecidos por el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO son de aplicación integral en relación con los demás que se tienen establecidos en TECNAS.

Promover y supervisar los controles propios del PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO relacionadas con las funciones y responsabilidades a su cargo.

ETAPAS DEL PTEE

EL PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO de TECNAS contempla las etapas que le permiten identificar, prevenir, controlar y gestionar el Riesgo C/ST y las consecuencias de su materialización:

IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO C/ST

El PTEE de TECNAS ha sido elaborado con base en la evaluación exhaustiva de las particularidades de la Empresa en cuanto a la naturaleza de los posibles Riesgos C/ST a los que está expuesta en concordancia con el tamaño, estructura, naturaleza, países de operación y actividades específicas de la Entidad.

Para identificar y controlar los Riesgos C/ST, TECNAS ha adoptado una Matriz de Riesgo de Corrupción y de Soborno Transnacional para definir los mecanismos de control más adecuados y su aplicación a los Factores de Riesgo identificados. Para lo anterior, TECNAS ha realizado las siguientes actividades para identificar los Factores de Riesgo C/ST:

a. Identificación y evaluación de los riesgos por medio de diagnósticos independientes, tales como los procedimientos periódicos de Debida Diligencia y de Auditoria de Cumplimiento definidos en este Programa, para lo cual se han destinado los recursos operativos, tecnológicos, económicos y humanos que sean necesarios y suficientes para cumplir el objetivo de una correcta evaluación.
b. Adopción de medidas apropiadas para atenuar los Riesgos C/ST, una vez que estos hayan sido identificados y detectados estos.
c. Evaluación de los riesgos C/ST, con base en la Matriz de Riesgo de Corrupción y de Soborno Transnacional definida y con base en los cuales la Junta Directiva puede determinar las posibles modificaciones al PTEE, cuando las circunstancias así lo requieran.
d. Las demás que deban aplicarse conforme a las políticas definidas para el cumplimiento del PTEE.

De acuerdo con lo anterior, TECNAS ha tenido en cuenta los siguientes Factores de Riesgo C/ST, que de acuerdo con la práctica internacional tienen una mayor posibilidad de ocurrencia:

a. Riesgo País: para esto, TECNAS ha tenido en cuenta si sus operaciones se realizan directa o indirectamente en o con socios de países con altos índices de percepción de corrupción, los que se caracterizan, entre otras circunstancias, por la ausencia de una administración de justicia independiente y eficiente, un alto número de funcionarios públicos cuestionados por prácticas corruptas, la inexistencia de normas efectivas para combatir la corrupción y la carencia de políticas transparentes en materia de contratación pública e inversiones internacionales.

Igualmente y dentro de los países se tiene en cuenta que los índices de percepción de corrupción pueden variar de una región a otra, lo cual puede ser el resultado de diferencias en el grado de desarrollo económico entre las diferentes regiones, la estructura política administrativa de cada país y la ausencia de presencia estatal efectiva en ciertas áreas geográficas, entre otras razones.

También se ha tenido en cuenta la posibilidad de que TECNAS, realice operaciones directa o indirectamente en países que sean considerados como paraísos fiscales, conforme a la clasificación formulada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.

b. Riesgo por Sector Económico: dado que según la OCDE existen sectores económicos con mayor Riesgo C/ST entre los cuales se tienen el sector minero-energético, de los servicios públicos, de las obras de infraestructura y el sector farmacéutico y de salud humana, dentro de la gestión del Riesgo de C/ST, se ha tenido en cuenta si TECNAS tiene, ha tenido o a futuro tendrá negociaciones con empresas pertenecientes a estos sectores.

Adicionalmente, se ha tenido en cuenta que el grado de riesgo por sector económico se incrementa en países con índices altos de percepción de corrupción y, bajo ciertas circunstancias, especialmente cuando exista una interacción frecuente entre la empresa, los socios o sus Contratistas con Servidores Públicos Extranjeros o Servidores Públicos Nacionales.

Se tiene en cuenta además si en los países donde TECNAS realiza directa o indirectamente operaciones, se exigen una gran cantidad de permisos, licencias y otros requisitos regulatorios para el desarrollo de cualquier actividad económica, lo que según la OCDE, lleva a la realización de prácticas corruptas para efectos de agilizar un trámite en particular.

c. Riesgos de Terceros: en la Identificación del Riesgo de C/ST se tuvo en cuenta además la interacción con Terceros tales como Contratistas, Proveedores y Sociedades Subordinadas ya que son un alto factor en la ocurrencia de casos de corrupción según la OCDE.

En este sentido, en la Identificación de los riesgos de C/ST, TECNAS tuvo en cuenta si en sus operaciones directa o indirectamente, participan Contratistas de alto valor económico, en los que no es fácil identificar un objeto legítimo y no se aprecia su realización a valores de mercado. Igualmente se evalúa si en los países donde directa o indirectamente la Empresa realiza negocios, se requieren intermediarios para la celebración de un Negocio o Transacción Internacional, conforme a las costumbres y las normativas locales. Lo anterior debido a que esto aumenta el riesgo de C/ST.

También se tiene en cuenta si TECNAS, participa directa o indirectamente en contratos de colaboración o de riesgo compartido con Contratistas o que estos últimos estén estrechamente relacionados con funcionarios del alto gobierno de un país en particular, en el contexto de un Negocio o Transacción Internacional o local.

d. Otros: igualmente, dentro de la Identificación de los riesgos de C/ST, TECNAS tiene en cuenta otros factores de riesgo los cuales se identifican y evalúan de manera detallada, informada y documentada.

MEDICIÓN O EVALUACIÓN DEL RIESGO C/ST

Una vez realizada la Identificación, la siguiente etapa es la Medición de cada uno de los riesgos de C/ST determinando la Posibilidad o Probabilidad de ocurrencia así como el Impacto que se generaría en su materialización.

Dentro de la medición o evaluación del Riesgo C/ST, la empresa aplica los siguientes criterios:

a. Establece los mecanismos para la Medición o Evaluación de los Riesgos C/ST mediante la Metodología de Probabilidad contra Impacto y priorizando aquellos riesgos que se ubican en una escala Alta en cada uno de estos factores. La metodología es aplicada de acuerdo al conocimiento que sobre cada uno de los Riesgos de C/ST poseen cada uno de los Responsables de los procesos donde se pueden materializar.

b. Adopta las medidas apropiadas para atenuar y mitigar los Riesgos C/ST, una vez que estos hayan sido identificados. Esto se hace mediante la definición de Controles eficientes y realistas que permitan la mejor gestión del riesgo evaluado.

c. Evalúa los Riesgos C/ST mediante la metodología descrita y que además sirven de fundamento para que la Junta Directiva determine la necesidad de modificar y adecuar el PTEE, cuando las circunstancias así lo requieran.

d. Evaluar el Riesgo C/ST al incursionar en nuevos mercados o cuando se desarrollen y ofrezcan nuevos productos o servicios.

CONTROL Y MONITOREO DE LAS POLÍTICAS DE CUMPLIMIENTO Y PTEE

TECNAS es consciente de la complejidad y naturaleza cambiante de las relaciones jurídicas o contractuales con Entidades Estatales, particulares o en la realización de negocios y transacciones internacionales o nacionales, por lo que es natural que los Riesgos C/ST identificados y evaluados también cambien.

Por lo anterior, la Empresa se ve en la necesidad de evaluar y poner en práctica la revisión periódica y la evaluación de los riesgos de C/ST, aplicando la metodología de Identificación y Evaluación así como la suficiencia de los Controles definidos para mitigar los diferentes Factores de Riesgo de la Matriz de Riesgo de Corrupción y de Soborno Transnacional. Esto incluye cuando aplique, la evaluación de la efectividad de los procedimientos para prevenir cualquier acto de Corrupción y la actualización de las Políticas de Cumplimiento definidas.

Para esta etapa de Control y Monitoreo, TECNAS tendrá en cuenta además, los cambios legislativos y regulatorios que se produzcan en las diferentes jurisdicciones donde desarrolla su operación directa o indirectamente, al igual que cualquier otro cambio que pueda tener consecuencias respecto las Políticas de Cumplimiento y el PTEE previamente definido.

Dado que dentro de los mecanismos más efectivos con que cuentan las empresas para detectar casos de Soborno Transnacional, TECNAS ha definido dentro de las herramientas para el Control de los Riesgos de C/ST el uso de la Auditoría de Control, los procesos de debida diligencia y el tratamiento de la información confidencial entregada por los Empleados. En esta línea, TECNAS ha optado por los siguientes procedimientos para para controlar y supervisar sus Políticas del PTEE:

a. La supervisión por parte del Oficial de Cumplimiento a la gestión del Riesgo C/ST en las relaciones jurídicas y contractuales con Entidades Estatales o en los negocios o transacciones internacionales o nacionales en los que participe la Empresa. Para este efecto, la Alta Gerencia ha puesto en marcha mecanismos que le permitan al Oficial de Cumplimiento verificar la eficacia de los procedimientos orientados a la prevención de cualquier acto de Corrupción.

b. La realización periódica de Auditorias de Cumplimiento y procedimientos de Debida Diligencia, conforme lo disponga el Oficial de Cumplimiento y de acuerdo a los parámetros definidos por la normatividad asociada al PTEE.

c. La posible realización de encuestas en caso de ser necesario a los Empleados y Contratistas, con el fin de verificar la efectividad del PTEE.

DEBIDA DILIGENCIA

Dentro de las actividades propias de la Debida Diligencia para la identificación y evaluación de los Riesgos de C/ST, TECNAS ha definido los mecanismos y procesos de prevención de la corrupción transnacional y de lucha contra el soborno y las señales de alerta, los cuales se desarrollarán de manera habitual por medio de la revisión periódica de aspectos legales, contables o financieros. La Debida Diligencia también podrá tener como finalidad la verificación de la reputación de los Contratistas y Terceros con los cuales se realizan negocios.

Los procedimientos antes mencionados serán adelantados a través de Empleados responsables de las relaciones y negocios implicados en el riesgo de C/ST y el oficial de Cumplimiento cuando aplique.

MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO

Los mecanismos para la prevención de la corrupción transnacional en TECNAS, se basan en la aplicación de las Políticas de Transparencia y de Ética y Conducta Empresarial por parte de los Empleados y Directivos en todas sus actuaciones de negocios.

Adicionalmente, TECNAS ha definido los siguientes mecanismos que apuntan a prevenir la corrupción transnacional:

Las actuaciones de todos los Empleados y Directivos de TECNAS, estarán enmarcadas en el principio fundamental de “anteponer la observancia de los principios éticos al logro de las metas comerciales”.

TECNAS se abstendrá a través de sus Empleados y Directivos, de participar en procesos de contratación o licitación amañados o que impliquen la recepción o pago de prebendas, reconocimientos de cualquier tipo a título personal o empresarial, beneficios o cualquier otro mecanismo diferente a los méritos propios, la calidad del servicio o el precio y que comprometa el cumplimiento de los principios de transparencia, integridad, honestidad y demás preceptos del Código de Ética y Conducta Empresarial y de este Programa de prevención de la corrupción transnacional y de lucha contra la corrupción.

Cualquier Empleado, Directivo, Contratista, Cliente y Accionista de la Compañía que sospeche o tenga conocimiento de cualquier conducta de corrupción o soborno, deberá reportar la misma al Oficial de Cumplimiento o denunciar en la Línea Ética interna que maneja TECNAS. El Comité Primario que apoya a la Gerencia General, responderá apropiadamente a los reportes y sugerirá las acciones a adelantar según el trámite establecido en esta Política y en el Código de Ética, Conducta y Régimen Sancionatorio para los casos de Conflicto de Interés.

Si un Empleado, Alto Directivo, Cliente, Accionista o Contratista recibe una solicitud de soborno o de pago sospechoso proveniente de cualquier persona o entidad, interna o externa, esta solicitud deberá reportarse inmediatamente al Oficial de Cumplimiento o denunciar en la Línea Ética.

Cualquier Empleado, Alto Directivo, Cliente, Accionista o Contratista de TECNAS, que denuncie de buena fe una violación de la Política, o la realización de cualquier conducta de corrupción o soborno, estará protegido contra cualquier tipo de represalia. Las reglas previstas en esta Política respecto de los mecanismos para la prevención, la corrupción o soborno son de imperativo cumplimiento, de manera que se deben observar en cada acto.

TECNAS se abstendrá de recibir o realizar donaciones que no tengan un fin lícito o sobre las cuales exista la sospecha, que servirán para encubrir conductas de corrupción o soborno o para obtener ventajas en los negocios de la empresa. Solo se realizarán donaciones a entidades sin ánimo de Lucro.

TECNAS realizará las debidas diligencias para conocer adecuadamente a los potenciales proveedores, clientes o agentes y en particular, la vinculación de los proveedores, clientes o agentes con entidades gubernamentales o funcionarios del gobierno. Para ello se aplicarán las reglas, los objetivos y principios respecto a la vinculación de proveedores, clientes y agentes señalados en el procedimiento de Compras que defina la empresa.

TECNAS monitoreará cualquier transacción o actividad dudosa que pueda conducir razonablemente a sospechar que los proveedores, clientes o agentes (contrapartes) están usando a la compañía para transferir, manejar, aprovechar o invertir dineros o recursos provenientes de actividades delictivas, así como para realizar actos de corrupción o soborno.

Los Empleados, Directivos, Accionistas y Contratistas de la Compañía que actúen en representación o en nombre de TECNAS, tienen prohibido realizar conductas tendientes a ocultar, cambiar, omitir o tergiversar registros contables para ocultar actividades indebidas.

Será inadmisible cualquier actuación de un Empleado o Directivo que a nombre propio o de TECNAS, se involucre en actividades contrarias a los preceptos del Código de Ética y Conducta Empresarial y de este Programa de prevención de la corrupción transnacional y de lucha contra la corrupción.

Los procesos de contratación requeridos por TECNAS para obtener bienes y servicios necesarios para la ejecución del objeto social, estarán enmarcados en principios de ética y transparencia en la búsqueda, selección y contratación de Proveedores idóneos en calidad, precio y demás variables de contenido técnico y objetivo.

La selección de Proveedores en los casos donde sea posible, recurrirá a varios posibles candidatos que competirán ofertando las mejores condiciones posibles a fin de lograr un equilibrio y beneficio para la Entidad. En el caso de proveedores que por la naturaleza de los productos y servicios, no cuenten con competidores en el mercado, su elección se hará con criterios de idoneidad y objetividad.

TECNAS aplicará en todos sus procesos contractuales públicos y privados, los más altos estándares normativos y de buenas prácticas de los países donde opera, velando por aplicar en los países más laxos en temas normativos, los estándares de actuación de aquellos donde la normativa sea más estricta.

Cualquier pago, regalo o incentivo hecho por o en nombre de TECNAS y que induzcan o tienen la intención de inducir a un Empleado público o privado de cualquier territorio donde opere, a actuar de forma incorrecta así como los pagos, obsequios o incentivos a estos funcionarios para influir sobre ellos en el cumplimiento de su deber, generará acciones disciplinarias que pueden derivar en las sanciones previstas en el Reglamento Interno de Trabajo, el Código de Ética y Conducta Empresarial y los demás elementos de la relación contractual, en contra de trabajadores afectados.

Los obsequios o invitaciones sólo pueden ser ofrecidos a un Tercero, si son coherentes con las prácticas comerciales en el territorio en cuestión, son modestas en valor y no puede ser interpretado como estímulo al comercio. En caso de duda, la orientación debería buscarse con el Jefe inmediato del Empleado implicado.

Los Empleados y Directivos de TECNAS no deberán aceptar regalos, dinero o invitaciones de parte de terceros, sean en representación de Organizaciones o de manera individual, cuando esto pueda ser considerado razonablemente como influencia en las relaciones comerciales.

Regalos, que no sean triviales con un valor bajo, deberán ser devueltos. En una cultura donde tal acción podría causar ofensa, el regalo debe ser declarado a la Empresa y, si es práctico, ser objeto de donación, disfrute conjunto o asignado bajo algún mecanismo entre los Empleados de la dependencia.

TECNAS no realizará contribuciones a partidos políticos, candidatos políticos o las organizaciones que son activos políticamente en todos los países donde realiza sus operaciones. Las únicas excepciones a esto podrían ser en los países donde existe un requisito legal para hacerlo o cuando es una práctica establecida, legal y de aceptación general para hacerlo. Incluso en tales circunstancias, cualquier pago debe ser aprobado previamente por la Junta Directiva.

Para TECNAS, la confianza mutua y confidencial con los Clientes es vital. Todos los Empleados y Directivos deberán esforzarse en entregar constantemente un servicio de excelencia y relación calidad/precio, conocimiento de las expectativas de los clientes y anticipación a sus necesidades cambiantes con base en una comunicación abierta y clara. Si durante la negociación de un contrato las necesidades de un Cliente no están siendo bien atendidos por las propuestas, esto se hará saber incluso si esto impacta negativamente el negocio.

Consecuente con lo anterior, TECNAS también planteará sus inquietudes y suspenderá de ser el caso los procesos de negociación, al detectar prácticas o procesos en su negocio contrarios a sus propios valores o a los principios que rigen el actuar de la Empresa.

Para TECNAS, los Proveedores son aliados estratégicos y por ende, son merecedores de un trato justo. El cumplimiento a los pactos dentro de los términos previamente definidos, hace parte de las prácticas y políticas de transparencia y valores éticos del negocio. Igualmente, los Proveedores de TECNAS deben cumplir altos estándares de transparencia y ética acordes a los estándares definidos en este Programa.

TECNAS desarrollará una política de competencia sana pero fuerte enmarcada en una relación justa y ética con sus competidores TECNAS no acudirá a prácticas de desprestigio, menosprecio ni de competencia desleal, acceso a secretos industriales adquiridos por medios fraudulentos, ni cualquier otra práctica que vaya en contravía de los principios y valores de transparencia y ética en los negocios.

Los Empleados y Directivos de TECNAS no darán a conocer, discutir o compartir con los competidores aunque sea indirectamente, las estrategias de precios o emprender cualquier arreglo o prácticas que sean incompatibles con las leyes aplicables a la empresa en cuestión o las normas y leyes antimonopolio de los países donde opere.

PROCESOS PARA LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO

MANEJO OBSEQUIOS, COMIDAS Y ENTRETENIMIENTO

El propósito de los obsequios, las atenciones o actividades de entretenimiento, es crear una buena y sólida relación, en especial, comercial. Nunca el propósito debe ser tener o ganar una ventaja injusta o indebida de una relación. TECNAS prohíbe pagar, incluso si es un valor modesto, por comidas, viajes, alojamiento o entretenimiento para un propósito corrupto o con el fin de ganar una ventaja indebida.

Esta política reconoce que en los negocios se consideran como cortesía las invitaciones a comidas, atenciones y entretenimiento y en circunstancias limitadas, regalos modestos o simbólicos. Por ejemplo, se admite dar o recibir cualquier regalo de valor simbólico y modesto, o tarjetas, que se distribuyen generalmente para fines promocionales, o durante la celebración de alguna festividad, como la navidad.

REGLAS PARA RECIBIR OBSEQUIOS O ATENCIONES

Nunca estarán permitidas las siguientes conductas:

a. Aceptar recibir regalos de terceros, clientes o Proveedores en dinero en efectivo o equivalente en dinero con un propósito corrupto o con el fin de ganar una ventaja indebida.
b. Aceptar obsequios, invitaciones, atenciones, u otras cosas de valor que puedan tener el propósito de buscar una influencia o efecto material en cualquier transacción comercial de TECNAS (real o potencial), o que de otro modo pueda dar lugar a un conflicto de intereses.
c. Ningún Empleado y/o su familia aceptará, directa o indirectamente, ningún tipo de dinero, regalo o invitación que tenga como fin influenciar las actuaciones o la toma de decisiones relacionadas con los negocios de la Compañía, o que pudiera llevar a pensar al cliente, tercero o Proveedor que podría beneficiarse u obtener una ventaja de alguna forma.
d. Aceptar cualquier tipo de soborno, obsequio o pago indebido de cualquier persona, incluyendo Proveedores, Clientes o terceros, a cambio de la promesa de hacer o abstenerse de hacer algo que beneficie al tercero.
e. Todo regalo que supere el equivalente en moneda local a USD$ 100 (cien dólares), o cualquier invitación a comida o atención dada por un tercero o Proveedor, deben informarse al Oficial de Cumplimiento e igualmente al Jefe inmediato.
f. Cualquier sospecha de intento de soborno del tercero o proveedor debe ser comunicado inmediatamente al Oficial de Cumplimiento.

REGLAS PARA DAR OBSEQUIOS, INVITACIONES O ATENCIONES A FUNCIONARIOS DE GOBIERNO Y A TERCEROS

Los obsequios, gastos o atenciones deben ser de un valor modesto o simbólico, tanto de forma aislada como cuando se considera en conjunto con otros regalos o atenciones ofrecidas al mismo destinatario. No pueden ser en efectivo. No pueden ser dados con el propósito de ejercer una influencia indebida sobre un funcionario de gobierno, o de otra manera con el propósito de influenciar en las acciones o decisiones, o con el fin de obtener una ventaja comercial para TECNAS. Nunca están permitidos los siguientes obsequios, invitaciones o atenciones:

a. Obsequios, invitaciones, atenciones, u otras cosas de valor que se ofrecen a terceros, clientes o proveedores para obtener algo a cambio.
b. Obsequios, invitaciones, atenciones, u otras cosas de valor dirigidos a personas que estén en un proceso de licitación donde TECNAS haga parte de la licitación pública o privada.
c. Cualquier obsequio que sea dinero en efectivo
d. Obsequios, invitaciones o atenciones, u otras cosas de valor que sean frecuentes hacia la misma persona u organización.
e. Obsequios, invitaciones, atenciones u otras cosas de valor que sean excesivos o extravagantes, inapropiados o que puedan afectar negativamente la reputación de TECNAS.
f. Los regalos o atenciones deben darse en nombre de la Compañía y no a título personal.
g. Esta Política se aplica incluso si el representante de la Compañía no pretende o no solicita el reembolso de los gastos correspondientes.

FUSIONES Y ADQUISICIONES

En cada proceso de negociación y análisis de inversión, TECNAS realizará una debida diligencia sobre el cumplimiento de Normas Anticorrupción antes de tomar una decisión final sobre la inversión o la fusión.
Así mismo, en caso de concretarse la adquisición o la fusión, TECNAS se asegurará que la compañía adquirida implemente dentro de un plazo razonable, estas políticas y el programa de Ética empresarial para evitar el Soborno Transnacional, así como el Código de ética, Conducta y Régimen Sancionatorio corporativo bajo los estándares existentes.

CONTRATOS CON TERCERAS PERSONAS

Esta Política también se aplica a todos los contratistas, proveedores, distribuidores y otros terceros que LA EMPRESA contrate para hacer negocios en nombre de TECNAS. En consecuencia, todos los contratistas que actúen en nombre de LA EMPRESA deberán manifestar por escrito su conocimiento y aceptación respecto de su obligación de cumplir con las normas relacionadas con la prevención del Soborno Transnacional, así como el conocimiento y obligación de acogerse en toda su actividad al Programa de Ética empresarial y al presente documento que contiene las Políticas de Cumplimiento.

Dicha manifestación escrita se realizará según los documentos que apliquen a cada clase de sujeto, es decir a través del contrato comercial o documento donde se instrumente su relación jurídica con la Compañía, igualmente dichos sujetos realizarán esta manifestación por escrito.

En consecuencia, todos los contratos escritos entre TECNAS y cualquier contratista que actúe en nombre de ésta, deben contener declaraciones y garantías pertinentes sobre conductas anticorrupción. Además de declarar y garantizar el cumplimiento de esta Política y las leyes y regulaciones anticorrupción aplicables, en los contratos se incluirá también el derecho de TECNAS de rescindir el contrato cuando
ocurra una violación de esta Política, Programa de Ética empresarial o cualquier ley o regulación anticorrupción y Antisoborno aplicables. El Oficial de Cumplimiento es responsable de verificar que en los contratos se incluyan dichas declaraciones y cláusulas.

DONACIONES Y CONTRIBUCIONES POLÍTICAS

Todas las donaciones y contribuciones políticas realizadas por TECNAS deben tener un fin lícito y se realizarán siguiendo los procedimientos legales para su formalización. TECNAS no puede realizar contribuciones o donaciones, directas o indirectas, a partidos políticos, entidades gubernamentales, organizaciones, funcionarios del gobierno o particulares involucrados en la política, sin la aprobación de la Junta Directiva. No se pueden realizar donaciones o contribuciones a cambio de obtener ventajas en los negocios de la Compañía o en sus transacciones de naturaleza comercial.

RESPONSABILIDAD SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY

Un comportamiento ético puede suponer algo más que el cumplimiento de la ley; sin embargo, es parte de esta premisa que cada trabajador debe conocer los requisitos legales reglamentarios básicos concernientes al cargo que desempeña, ya que su cumplimiento es responsabilidad de todos y cada uno de los empleados de TECNAS S.A BIC

Nuestros empleados y contratistas están regidos por la ley. El cumplimiento de todas las leyes y regulaciones aplicables nunca debe comprometerse. Además, los empleados deberán adherirse a las normas y regulaciones internas según las mismas resulten aplicables en una situación determinada. Dichas normas internas son específicas de la compañía y pueden ir más allá de los requisitos de la ley.

CONFLICTO DE INTERESES:

Todos debemos evitar los conflictos de intereses. Esto significa que no deberíamos colocarnos en situaciones que pudieran obligarnos a elegir entre nuestros intereses personales y los de TECNAS S.A BICPuede darse un conflicto de intereses en los siguientes casos:

– Si usted o un miembro de su familia posee participación en una empresa, que tenga o pretenda iniciar relaciones comerciales con la compañía o compita con ella o con sus clientes.
– Si un miembro de su familia hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad trabaja o llegare a trabajar en una empresa de la competencia.
– Si el oficial de cumplimiento, durante su labor deba reportar información a la UIAF a un miembro de su familia hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, deben abstenerse de realizar dicho proceso e informarlo a la Gerencia General para que se designe a otro funcionario para realizar dicho proceso.
– Si usted es ejecutivo, consejero, consultor u ocupa algún otro cargo clave dentro de una empresa como la citada anteriormente.
– Si actúa como corredor, agente o intermediario en nombre de terceros, en cualquier transacción de la compañía.
– Mantener en sobre-stock a los clientes de la compañía con el fin de cumplir cuotas y así obtener mayores comisiones. En este caso se debe informar e implementar las acciones correctivas.
– Recibir prebendas de terceros (proveedores, bancos, empresas de servicio, etc.).
– Presionar a un subalterno para que sea permisivo, en contravía de un procedimiento.

El empleado o contratistas debe hacer una declaración individual y sincera, en donde manifieste si su relación con TECNAS S.A BIC presenta algún acontecimiento de conflicto de intereses. La persona en forma voluntaria debe decirlo, entendiéndose este acto como de buena fe hacia la compañía e informarlo a la Gerencia General, al Oficial de Cumplimiento a través de los medios dispuestos para esto.

En el caso de existir conflictos de intereses, la Gerencia General con la Junta Administrativa, tomará la decisión de terminar el contrato de trabajo, o la relación comercial con el contratista.

DISCRIMINACIÓN Y ACOSO LABORAL

TECNAS S.A BIC tiene sus puertas abiertas tanto a hombres como a mujeres, sin discriminación y consideración a su origen étnico, social o creencias personales. Fomentamos la diversidad, respetamos la dignidad personal, la privacidad, afiliación religiosa y política y los derechos personales de cada empleado, y estamos comprometidos a mantener un lugar de trabajo en el cual no existan situaciones de discriminación o acoso laboral por lo tanto, los empleados no deben discriminar respecto del origen, nacionalidad, religión, raza, genero, edad u orientación sexual, ni deben tener ningún tipo de conducta de maltrato verbal o físico, basada en lo mencionado anteriormente o en cualquier otro motivo.

Los empleados que sientan que su ambiente de trabajo no cumple con los principios mencionados anteriormente, pueden plantear sus preocupaciones y sugerencias al presidente del Comité de Convivencia Laboral, o a la Dirección de Gestión Humana.

ESTÁNDARES DE CONDUCTA LABORAL

Privación de libertad y trabajo forzado: TECNAS S.A BIC en ninguna circunstancia usa ni obtiene beneficio alguno por la imposición de trabajo forzado. El trabajo generado de cualquier tipo de forma esclavizante está prohibido, así como el uso de castigo psicológico, confinamiento, amenazas de violencia o cualquier otra forma de acoso o abuso como método de disciplina y control.

Trabajo infantil: TECNAS S.A BIC tiene estrictamente prohibido cualquier forma de explotación laboral infantil. Por trabajo infantil se entiende cualquier labor mental, física, social o moralmente peligrosa o dañina para los niños, que interfieren directamente en sus necesidades de educación obligatoria, definida como tal por la autoridad correspondiente.

Jornada laboral: TECNAS S.A BIC es responsable de asegurar que sus empleados trabajen de acuerdo con las leyes aplicables y estándares industriales referentes al número de horas y días de trabajo.

Remuneración: TECNAS S.A BIC proporciona a sus empleados salario y beneficios que cumplen con las leyes aplicables, incluyendo aquellos referentes al pago por horas extras y recargos por trabajo nocturno o dominical / festivos.

DERECHOS HUMANOS LABORALES

La compañía cumple derechos humanos laborales relacionados con:

Empleo estable: Tecnas posibilita empleo sin discriminación, brinda capacitación y entrenamiento, evita despidos injustificados y promueve traslados y ascensos entre sus empleados.

Salarios correspondientes: Tecnas garantiza una remuneración equitativa que satisface al trabajador y paga cotizaciones al sistema de seguridad social posibilitando en el futuro una jubilación al empleado a través del sistema de pensiones.

Condiciones cómodas de trabajo: Tecnas establece horarios laborales que posibilitan al empleado el descanso necesario para que se recupere después de una jornada de trabajo. También ha implementado el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo SG-SST y un plan de bienestar laboral, que posibilita unas condiciones adecuadas para un trabajo en condiciones dignas y saludables.

Seguridad Social: Tecnas garantiza la adecuada afiliación y pago al sistema de seguridad social de sus empleados y partes interesadas que protejan al trabajador de contingencias derivadas de la enfermedad, invalidez, vejez, muerte o desempleo.

Derecho equidad de género: En Tecnas existe igualdad entre hombres y mujeres en relación con el acceso al empleo bajo las mismas condiciones de salarios, reconocimientos, respeto físico y psicológico y disfrute de un buen ambiente laboral.

Derecho de los trabajadores menores: Tecnas no contrata a menores de 18 años.

Libertad sindical: Tecnas reconoce el derecho que tienen los trabajadores para organizarse y defender sus derechos humanos fundamentales como trabajadores.

Contratación colectiva: Tecnas reconoce la posibilidad que tienen los trabajadores para llegar a negociaciones con la empresa según las posibilidades.

Huelga: Tecnas reconoce el derecho que tienen los trabajadores de manifestar su inconformidad frente a derechos laborales que consideran son injustos

Justicia Laboral: Tecnas reconoce la posibilidad que tienen los trabajadores de acceder a la Justicia Laboral Colombiana para resolver un conflicto laboral, en caso de que no se logre resolver de manera concertada con la empresa.

Los empleados, en el desempeño de sus funciones, tienen la obligación especial de comportarse y actuar de manera ética, de acuerdo con los deberes y responsabilidades establecidos en este el Programa de Transparencia, Ética Empresarial y Mecanismos de Prevención de la Corrupción Transnacional y de buscar orientación cuando sea necesario.

TECNAS S.A BIC apoya a todos los empleados, partes interesadas, para actuar dentro de los más altos estándares de transparencia y ética empresarial.

REGISTROS CONTABLES

TECNAS tiene como política llevar y mantener registros y cuentas que reflejen de forma exacta y precisa las operaciones y disposiciones de los activos de las transacciones de la Empresa. Los Representantes de la Compañía, empleados y/o altos directivos no pueden cambiar, omitir o tergiversar registros para ocultar actividades indebidas o que no indican correctamente la naturaleza de una transacción registrada.

SEÑALES DE ALERTA

Aunque no existe una lista taxativa que permita identificar con claridad todas las señales de alerta, al identificar sus Factores de Riesgo de C/ST, al evaluarlos y definir los controles para su mitigación, TECNAS ha establecido algunas señales de alerta acorde a los análisis efectuados:

En el análisis de los registros contables, operaciones o estados financieros

Facturas que aparentemente sean falsas o no reflejen la realidad de una transacción o estén infladas y contengan exceso de descuentos o reembolsos.

Operaciones en el exterior e inclusive en el país, cuyos términos contractuales son altamente sofisticados o dan lugar a interpretaciones múltiples.

Se evidencie la transferencia de fondos o transacciones desde y hacia países considerados como paraísos fiscales.

Operaciones que no tengan una explicación lógica, económica o práctica.

Operaciones que se salgan del giro ordinario del negocio del Contratista, Proveedor o tercero.

Operaciones en las que la identidad de las partes o el origen de los fondos no es clara.

Bienes o derechos, incluidos en los estados financieros, que no tengan un valor real o que no existan.
En la estructura societaria o el objeto social

Estructuras jurídicas complejas o internacionales sin aparentes beneficios comerciales, legales o fiscales o poseer y controlar una entidad jurídica sin objetivo comercial, particularmente si está localizada en el exterior.

Personas jurídicas con estructuras en donde existan fiducias nacionales o trust extranjero, o fundaciones sin ánimo de lucro.

Personas jurídicas con estructuras de “off shore entities” o de “off shore bank accounts”

Sociedades no operativas en los términos de la Ley 1955 de 2019 o que por el desarrollo de los negocios puedan ser consideradas como entidades “de papel”, es decir, que razonablemente no cumplen con ningún propósito comercial.

Sociedades declaradas como proveedores ficticios por parte de la DIAN.

Personas jurídicas donde no se identifique el Beneficiario Final (normatividad SAGRILAFT).
En el análisis de las transacciones o contratos

Recurrir con frecuencia a contratos de consultoría, de intermediación y el uso de joint ventures .

Contratos con entidades estatales que den la apariencia de legalidad que no reflejen deberes y obligaciones contractuales precisas.

Contratos con Contratistas que presten servicios a un solo cliente.

Pérdidas o ganancias inusuales en los contratos con Contratistas o entidades estatales o cambios significativos sin justificación comercial.

Contratos que contengan remuneraciones variables que no sean razonables o que contengan pagos en efectivo, en Activos Virtuales (como este término es definido en el Capítulo X), o en especie .

Pagos a PEPs o personas cercanas a los PEPs.

Pagos a partes relacionadas (Asociados, Empleados, Sociedades Subordinadas, sucursales, entre otras) sin justificación aparente.

REPORTE DE DENUNCIAS DE SOBORNO TRANSNACIONAL A LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Y DE ACTOS DE CORRUPCIÓN A LA SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA

TECNAS dentro de su compromiso con la lucha contra la Corrupción y el Soborno Transnacional, incluye dentro de su PTEE la promoción del Canal de Denuncias por Soborno Transnacional dispuesto en los link:

https://www.supersociedades.gov.co/delegatura_aec/Paginas/Canal-de-Denuncias-Soborno-Internacional.aspx
http://www.secretariatransparencia.gov.co/observatorio-anticorrupcion/portal-anticorrupcion

Esta promoción incluye los procesos de divulgación del PTEE así como los procesos de formación y capacitación definidos en este documento.

CONSIDERACIONES ADICIONALES SOBRE EL ÁMBITO DE APLICACIÓN

TECNAS estará presto a cualquier instrucción impartida desde la Superintendencia de Sociedades referente a la implementación, mejoras o adaptaciones que se requieran en el PTEE de la Compañía.

APROBACIÓN Y DIVULGACION

Las políticas, procedimientos y demás mecanismos previstos en el PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO, será ampliamente divulgado por TECNAS a través de los diferentes medios incluyendo la intranet, carteleras, boletines internos y en la página WEB.

La presente modificación al PROGRAMA DE TRANSPARENCIA, ÉTICA EMPRESARIAL Y MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN TRANSNACIONAL Y DE LUCHA CONTRA EL SOBORNO, se aprueba en Itagüí en sesión de la Junta Directiva el día 27 de mayo de 2022, según consta en el Acta # 186.

Luz Marina Jaramillo Henao

Gerente General